La Justicia piquense condenó ayer miércoles a penas de prisión en suspenso, a dos imputados por delitos sexuales. Uno de los acusados recibió una pena de ocho meses de prisión en suspenso; y en otra causa, el otro imputado fue sentenciado a tres años de prisión de ejecución condicional.
El juez de audiencia de juicio, Marcelo Pagano, condenó a un hombre (47 años) como autor del delito de Abuso sexual simple, a ocho meses de prisión en suspenso respecto a un hecho y respecto a otro, también calificado como abuso sexual simple, le dictó la absolución por la falta de acusación fiscal. Además le ordenó reglas de conducta por el término de dos años.
El juez acreditó que entre el 31 de marzo y 1 de abril del año pasado, el imputado ingresó al domicilio de una pequeña localidad vecina, aprovechando que la puerta de ingreso se encontraba sin llave y sometió a tocamientos a una niña de 11 años que estaba durmiendo.
La fiscal Ivana Hernández solicitó la pena de ocho meses de prisión en suspenso, y el abogado Mauro Fernández, patrocinante de la madre de la damnificada, adhirió al alegato de la fiscalía y pidió una pena de un año de prisión en suspenso. En tanto, el defensor oficial Héctor Freigedo se pronunció por la absolución, por aplicación del beneficio de la duda.
Exhibiciones
Además, ayer al mediodía, la jueza de audiencia, María José Gianinetto, condenó a tres años de prisión en suspenso a un hombre de 31 años de edad, que fue encontrado culpable de los cargos de abuso sexual simple agravado por la situación de guarda en carácter de delito continuado, en concurso real con exhibiciones obscenas agravadas por ser cometidas contra una menor de edad. También, le impuso reglas de conducta por el plazo de dos años.
El caso se debatió a lo largo de tres jornadas en los Tribunales de esta ciudad. La jueza acreditó que el imputado, tío de la damnificada, en el verano de 2019, sometió a tocamientos a la adolescente, mientras estaba de visita en la casa de sus familiares.
El caso lo investigó la fiscala Ana Laura Ruffini, quien sostuvo la acusación inicial y pidió el mismo monto de pena que impuso la jueza. Por su parte, David Diván y Ramiro Llanos, abogados en representación de la querella, adhirieron al planteo de la fiscalía, aunque pidieron una pena de tres años y seis meses de prisión efectiva. El defensor particular Martín Herrero Galvagno, consideró que debía encuadrarse en la figura del abuso simple y que correspondía una pena de seis meses de prisión en suspenso. En forma subsidiaria, la defensa solicitó que en caso de que se hiciera lugar al agravante de la guarda, se aplicara una pena de tres años de prisión condicional.
«La pena solicitada por la Fiscalía y la propia defensa resulta apropiada para el presente caso, por considerarlo justo y proporcional, por lo que habré de disponer la condena de tres años de prisión, de ejecución en suspenso», dijo la jueza en el fallo.
*Imagen ilustrativa.